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Compra:
- Examinar la escritura de propiedad del vendedor y consultar
el Registro de la Propiedad
- En vivienda de nueva construcción el promotor debe informarte
detalladamente sobre las características de construcción
de la vivienda.
- El promotor no puede obligarte a costear gastos que legalmente
le corresponden a él: gastos de escritura de obra nueva,
división horizontal o cancelación de la hipoteca
del promotor.
- Comprobar que el vendedor ha pagado todos los recibos de la
contribución y las cuotas de la comunidad de propietarios.
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Asegurarse de que la vivienda no está arrendada.
- En edificio de nueva construcción, asegurarse de:
- Que tiene licencia de obras
- Que el promotor inmobiliario ha cumplido sus obligaciones
urbanísticas
- Que la vivienda cuenta con licencia de primera ocupación
y cédula de habitabilidad.
- Firmada la escritura de compra, presentarla en el Registro de
la Propiedad correspondiente para inscribir la vivienda a tu nombre.
- Pagar a Hacienda el 6% del precio de venta en el plazo de 30
días hábiles, si es vivienda de segunda mano, y
si es una vivienda nueva el 7% de IVA más el 0,5% del precio
de venta sin IVA.
- El pago de la Plus Valía Municipal (Impuesto sobre el
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) corresponde
por Ley al vendedor, salvo que acordéis expresamente lo
contrario.
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